Por Max Rodríguez. Actualizado el 12 de octubre de 2026.
Respuesta rápida: si estás dado de alta en una actividad con IVA y no has facturado ni tenido gastos en el trimestre, tienes que presentar el modelo 303 igualmente, marcando la opción «sin actividad». Se hace en dos minutos en la sede de la Agencia Tributaria. Si no lo presentas, Hacienda puede multarte con 200 €, que se quedan en 100 € si lo presentas tarde por tu cuenta antes de que te lo reclamen.
Cuándo se presenta un 303 sin actividad
Marcas «sin actividad» solo cuando en el trimestre no has tenido ninguna operación: ni facturas emitidas, ni facturas recibidas con IVA, ni compras a proveedores extranjeros.
| Situación en el trimestre | Cómo presentas el 303 |
|---|---|
| Ni facturas emitidas ni gastos con IVA | Sin actividad |
| Sin facturas emitidas, pero con gastos con IVA | Con esos gastos en las casillas 28 y 29: sale a compensar |
| Sin facturas emitidas, pero con un gasto de Meta, Google u otro proveedor extranjero | Con esas operaciones en las casillas 10 y 11 (o 12 y 13) y 36 y 37 (o 28 y 29) |
| Con alguna factura emitida | Normal, con resultado a ingresar, a compensar o cero |
Ojo con el segundo caso: si estás empezando y aún no facturas, pero ya pagas software, un ordenador o la gestoría, no marques sin actividad. Declara esos gastos para recuperar su IVA más adelante.
Cómo presentarlo paso a paso
- Entra en la sede electrónica de la Agencia Tributaria con certificado digital, Cl@ve o DNI electrónico.
- Busca «Modelo 303» y abre el servicio Pre303.
- Comprueba tu NIF, el ejercicio y el periodo (1T, 2T, 3T o 4T).
- Deja en blanco todas las casillas de IVA devengado y deducible.
- En el apartado de resultado, marca la opción «Sin actividad».
- Si tenías cuotas a compensar de trimestres anteriores, aparecerán en la casilla 110: déjalas para trimestres siguientes en la casilla 87.
- Pulsa «Validar» y luego «Presentar». Descarga el justificante en PDF.
No hay nada que pagar ni que domiciliar.
Plazos en 2026
Los mismos que cualquier 303:
| Trimestre | Plazo |
|---|---|
| 1T | Del 1 al 20 de abril |
| 2T | Del 1 al 20 de julio |
| 3T | Del 1 al 20 de octubre |
| 4T | Del 1 al 30 de enero de 2027 |
Qué pasa si no lo presentas
Si el 303 era sin actividad o a compensar
Como no hay dinero que ingresar, no hay recargo, pero sí una sanción por no presentar la declaración a tiempo:
| Cuándo lo presentas | Multa |
|---|---|
| Fuera de plazo, por tu cuenta, sin que Hacienda te lo pida | 100 € |
| Después de un requerimiento de Hacienda | 200 € |
Si además no contestas a los requerimientos de Hacienda, pueden llegar sanciones adicionales.
Si en realidad el 303 salía a ingresar
Si tenías IVA que pagar y lo presentas tarde por tu cuenta, se aplica un recargo:
| Retraso | Recargo |
|---|---|
| Hasta 12 meses | 1 % + 1 % por cada mes completo de retraso |
| Más de 12 meses | 15 % más intereses de demora |
El recargo se reduce un 25 % si pagas a tiempo el importe que te notifiquen. Si es Hacienda quien lo detecta primero, ya no hablamos de recargo sino de sanción, que es bastante más alta.
Ejemplo
Pedro no factura nada en el segundo trimestre y se olvida del 303. Lo presenta en septiembre, antes de que Hacienda le diga nada. Le llega una multa de 100 €. Si lo hubiera presentado en julio, le habría costado 0 € y dos minutos.
Si no vas a tener actividad durante meses
Si has parado tu actividad y no vas a facturar en una temporada, valora darte de baja en lugar de presentar 303 a cero cada trimestre:
- En Hacienda, con el modelo 036, comunicando el cese de actividad. Dejas de estar obligado a presentar el 303 desde ese momento.
- En la Seguridad Social, en Import@ss. Aunque presentes el 303 sin actividad, la cuota de autónomos se sigue pagando mientras estés de alta en el RETA.
Si solo es un trimestre flojo, no merece la pena: darse de baja y de alta tiene su papeleo, y en la Seguridad Social puede hacerte perder la tarifa plana.
Preguntas frecuentes
¿Tengo que presentar el modelo 303 si no he facturado nada?
Sí. Mientras estés dado de alta en una actividad con IVA, lo presentas cada trimestre, marcando «sin actividad» si no has tenido ninguna operación.
¿Qué multa hay por no presentar un 303 sin actividad?
200 € si lo presentas después de que Hacienda te lo pida, o 100 € si lo presentas tarde por tu cuenta antes de cualquier requerimiento.
¿Marco sin actividad si he tenido gastos pero no ingresos?
No. Declara los gastos en las casillas 28 y 29: el resultado saldrá a compensar y recuperarás ese IVA en los siguientes trimestres.
¿Si presento el 303 sin actividad tengo que pagar la cuota de autónomos?
Sí. El 303 es de Hacienda y la cuota es de la Seguridad Social. Mientras sigas de alta en el RETA, pagas la cuota aunque no factures.
¿Cómo dejo de presentar el 303 si ya no trabajo?
Comunicando el cese de actividad en Hacienda con el modelo 036. Desde ese momento ya no tienes que presentarlo.
Fuente: artículos 27 y 198 de la Ley 58/2003, General Tributaria; Ley 37/1992, del Impuesto sobre el Valor Añadido; formulario oficial del modelo 303 de la Agencia Tributaria. Este artículo es informativo y no sustituye el asesoramiento de un profesional.