Modelo 036: cómo rellenarlo para darte de alta en Hacienda

Por Max Rodríguez. Actualizado el 13 de octubre de 2026.

Respuesta rápida: el modelo 036 es la declaración censal: con él te das de alta, comunicas cambios y te das de baja como autónomo en Hacienda. Se presenta online y gratis en la sede electrónica de la Agencia Tributaria, con certificado digital, Cl@ve o DNI electrónico. Para el alta, lo importante es acertar en cinco apartados: tu actividad (epígrafe del IAE y fecha de inicio), el IVA (normalmente régimen general), el IRPF (normalmente estimación directa simplificada y pagos fraccionados), las retenciones (solo si tienes trabajadores o alquilas un local) y dónde trabajas. Desde febrero de 2025 ya no existe el modelo 037: todo se hace con el 036.

Antes de empezar

Ten a mano:

  • Tu certificado digital, Cl@ve o DNI electrónico.
  • El epígrafe del IAE de tu actividad. Hacienda tiene un buscador de actividades en su web.
  • La fecha en que vas a empezar a trabajar.
  • La dirección donde vas a trabajar y, si es tu casa, la referencia catastral y los metros que usarás.
  • Si vas a tener clientes o proveedores en la UE, la decisión de pedir el ROI.

El formulario online solo te muestra los apartados que necesitas según lo que vas marcando. No hace falta rellenar todo.

Apartado por apartado

1. Causa de presentación

Marca alta en el censo de empresarios, profesionales y retenedores. Si ya estás dado de alta y quieres cambiar algo, marca modificación y la casilla del dato que cambias. Para dejar la actividad, baja.

2. Datos identificativos

Tu nombre, NIF, teléfono, correo y domicilio fiscal (normalmente tu casa). Si tu actividad la haces en otro sitio, ese lugar se indica más adelante.

3. Representante

Solo si una gestoría u otra persona va a presentar tus declaraciones en tu nombre. Si lo haces tú, déjalo en blanco.

4. Actividad económica

El apartado más importante:

DatoQué poner
Epígrafe del IAEEl que corresponde a lo que haces. Si haces varias cosas, das de alta cada actividad
Tipo de actividadEmpresarial, profesional o artística. Lo determina el epígrafe
Fecha de inicioLa misma que pondrás en la Seguridad Social
Lugar de la actividadLocal, oficina o tu vivienda
Exención del IAELas personas físicas están exentas del IAE, así que no pagas nada, pero sí tienes que darte de alta en el epígrafe

El epígrafe importa más de lo que parece: decide si eres profesional o empresario, y con eso si te aplican retención en tus facturas y si tienes que presentar el modelo 130.

5. Local o vivienda afecta

Si trabajas en un local, indica su dirección y sus metros. Si trabajas en tu casa y quieres deducir parte de sus gastos, indica la referencia catastral, los metros totales y los metros que destinas a la actividad. Sin esto, Hacienda no te aceptará la deducción de los suministros ni del alquiler.

6. IVA

SituaciónQué marcar
Lo habitualRégimen general
Comercio minorista que vende a particulares sin transformar el productoRecargo de equivalencia
Actividad en módulosRégimen simplificado
Actividad exenta (sanidad, enseñanza, seguros…)Que realizas operaciones exentas
Clientes o proveedores empresa de la UEAlta en el ROI (registro de operadores intracomunitarios)

Si pides el ROI, Hacienda tiene hasta 3 meses para concederlo. Pídelo con tiempo si ya tienes clientes de la UE en cuanto empieces.

7. IRPF

SituaciónQué marcar
Lo habitualEstimación directa simplificada
Actividad incluida en módulos y dentro de sus límitesEstimación objetiva (módulos)
Pagos fraccionadosQue estás obligado a presentar el modelo 130
ExcepciónSi eres profesional y más del 70 % de tus ingresos van a tener retención, puedes marcar que no estás obligado al 130

8. Retenciones

Solo lo rellenas si vas a retener a otros:

  • Modelo 111: si tienes trabajadores o pagas a profesionales que te facturan con retención.
  • Modelo 115: si alquilas un local para tu actividad.

Si no estás en ninguno de los dos casos, déjalo en blanco.

9. Firma y presentación

Revisa que la fecha de inicio coincide en todos los apartados, firma con tu certificado o Cl@ve y descarga el justificante. Ese PDF es tu prueba de que estás de alta en Hacienda.

Cuándo presentarlo

TrámitePlazo
AltaAntes de empezar la actividad
Modificación (cambio de domicilio, de epígrafe, de régimen, afectar la vivienda)1 mes desde que se produce el cambio
Baja1 mes desde que dejas la actividad

Los cambios de régimen de IRPF o de IVA (por ejemplo, pasar de módulos a directa) tienen sus propios plazos, normalmente en diciembre del año anterior.

Errores más comunes

  • Elegir un epígrafe que no corresponde a lo que haces: cambia tus retenciones y tus obligaciones.
  • No declarar la vivienda en la que trabajas y luego deducir sus gastos.
  • Marcar módulos sin comprobar que tu actividad está incluida.
  • Olvidar el ROI si vas a facturar a empresas de la UE.
  • Darse de alta en el 111 o el 115 sin tener trabajadores ni local, y después no presentarlos.
  • Fechas distintas en el 036 y en la Seguridad Social.
  • No comunicar los cambios en el plazo de un mes.

Preguntas frecuentes

¿Para qué sirve el modelo 036?

Para darte de alta, comunicar cambios y darte de baja como autónomo o empresa en el censo de Hacienda.

¿Cuánto cuesta presentar el modelo 036?

Nada. Es gratuito y se presenta online en la sede electrónica de la Agencia Tributaria.

¿Qué pasa con el modelo 037?

Se suprimió en febrero de 2025. Desde entonces, todos los trámites censales se hacen con el modelo 036.

¿Tengo que pagar el IAE si soy autónomo?

No. Las personas físicas están exentas del IAE, pero tienen que darse de alta en el epígrafe de su actividad en el 036.

¿Cómo cambio mi epígrafe o mi domicilio?

Presentando un 036 de modificación en el plazo de un mes desde el cambio.

Fuente: artículos 9 a 11 del Real Decreto 1065/2007, Reglamento general de gestión e inspección tributaria (declaraciones censales de alta, modificación y baja); Orden EHA/1274/2007, por la que se aprueba el modelo 036, modificada por la Orden HAC/1526/2024 (supresión del modelo 037); artículo 82 del Real Decreto Legislativo 2/2004, Ley Reguladora de las Haciendas Locales (exención del IAE). Este artículo es informativo y no sustituye el asesoramiento de un profesional.

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Scroll al inicio