Cese de actividad del autónomo: requisitos y cuánto cobras (paro de autónomos)

Por Max Rodríguez. Actualizado el 12 de octubre de 2026.

Respuesta rápida: los autónomos sí tienen paro: se llama prestación por cese de actividad. Cobras el 70 % de tu base de cotización media de los últimos 12 meses, con un mínimo de 560 € y un máximo de 1.225 € al mes en 2026 si no tienes hijos. Dura entre 4 y 24 meses según lo que hayas cotizado, y necesitas al menos 12 meses seguidos cotizados justo antes del cierre. No basta con querer dejarlo: tienes que demostrar una causa, como pérdidas, deudas o fuerza mayor.

Requisitos para cobrar el paro de autónomos

  1. Estar de alta en el RETA y cotizando por cese de actividad. Es obligatorio para todos desde 2019.
  2. Haber cotizado al menos 12 meses seguidos por cese de actividad, inmediatamente antes del cierre.
  3. Estar en situación legal de cese de actividad (ver las causas abajo).
  4. No haber cumplido la edad de jubilación, salvo que no tengas cotizado lo suficiente para jubilarte.
  5. Estar al corriente de pago de las cuotas. Si debes algo, te invitan a pagarlo en 30 días.
  6. Firmar un compromiso de actividad y estar disponible para volver a trabajar.

Las causas que dan derecho al paro

No vale cerrar porque sí. Tienes que acreditar una de estas causas:

CausaQué tienes que demostrar
PérdidasPérdidas de más del 10 % de tus ingresos en un año completo (el primer año no cuenta)
DeudasEmbargos judiciales o administrativos por al menos el 30 % de tus ingresos del año anterior
Concurso de acreedoresLa declaración judicial de concurso
Fuerza mayorUn incendio, inundación u otra causa que impida seguir
Pérdida de licenciaQue te retiren la licencia o autorización administrativa para trabajar
Violencia de géneroLa orden de protección o el informe correspondiente
Divorcio o separaciónSi eras familiar colaborador en el negocio de tu expareja
Fin del contrato como TRADESi eras autónomo económicamente dependiente y tu cliente principal termina el contrato

El caso más habitual es el de las pérdidas. Las acreditas con tu contabilidad, tus declaraciones de IVA e IRPF o tus libros de registro.

El cese parcial: cobrar sin cerrar

Desde 2023 existe una modalidad para quien no cierra pero ha perdido casi toda su facturación. Si no tienes trabajadores, se exige una caída de ingresos del 75 % en dos trimestres seguidos respecto al año anterior y que tus rendimientos netos no lleguen al salario mínimo. En ese caso cobras el 50 % de tu base reguladora y puedes seguir con tu actividad.

Cuánto tiempo cobras

Depende de los meses cotizados por cese de actividad en los últimos 48 meses:

Meses cotizadosMeses de prestación
De 12 a 174
De 18 a 236
De 24 a 298
De 30 a 3510
De 36 a 4212
De 43 a 4716
4824

Cuánto cobras en 2026

Cobras el 70 % de la base reguladora, que es la media de tus bases de cotización de los 12 meses seguidos anteriores al cese. Hay un mínimo y un máximo que dependen de tus hijos:

SituaciónMínimo al mesMáximo al mes
Sin hijos560 €1.225 €
Con 1 hijo749 €1.400 €
Con 2 o más hijos749 €1.575 €

Estos topes se calculan sobre el IPREM, que en 2026 sigue en 600 € al mes porque los Presupuestos del Estado están prorrogados.

Mientras cobras el paro no pagas cuota: la mutua cotiza por ti a la Seguridad Social.

Ejemplo 1: base mínima y 2 años cotizados

Elena cotizó 24 meses por una base de 960,78 €.

  • 70 % de 960,78 = 672,55 € al mes (está entre el mínimo y el máximo)
  • 24 meses cotizados → 8 meses de prestación
  • Total: 5.380,40 €

Ejemplo 2: base de 1.500 € y 4 años cotizados

Andrés cotizó 48 meses por una base media de 1.500 €.

  • 70 % de 1.500 = 1.050 € al mes
  • 48 meses cotizados → 24 meses de prestación
  • Total: 25.200 €

Ejemplo 3: base alta sin hijos

Nuria cotizó por 2.000 €. El 70 % serían 1.400 €, pero sin hijos el máximo es 1.225 € al mes.

Cómo pedir el paro de autónomos

  1. Date de baja en el RETA en Import@ss (salvo en el cese parcial).
  2. Presenta la solicitud en tu mutua, la misma con la que cubres el cese de actividad, hasta el último día del mes siguiente al cese. Si lo pides tarde, pierdes los días de retraso.
  3. Adjunta la documentación de la causa: cuentas, declaraciones de IVA e IRPF, embargos, el certificado del siniestro, etc.
  4. Espera la resolución, que la mutua tiene que dar en un plazo de 30 días hábiles desde que tu expediente está completo.
  5. Inscríbete como demandante de empleo y cumple el compromiso de actividad.

Errores habituales

  • Pensar que basta con darte de baja. Sin una causa acreditada, la mutua deniega la prestación.
  • Pedirla fuera de plazo. Cada día de retraso es un día menos de cobro.
  • No guardar la contabilidad. Las pérdidas se prueban con papeles: sin libros ni declaraciones, no hay paro.

Preguntas frecuentes

¿Los autónomos tienen derecho a paro?

Sí. Se llama prestación por cese de actividad y la gestiona tu mutua. Necesitas 12 meses seguidos cotizados y acreditar una causa, como pérdidas o deudas.

¿Cuánto cobra un autónomo de paro en 2026?

El 70 % de su base de cotización media de los últimos 12 meses. Sin hijos, entre 560 € y 1.225 € al mes.

¿Cuánto tiempo dura el paro de autónomos?

Entre 4 y 24 meses. Con 12 meses cotizados cobras 4, y con 48 meses cotizados, 24.

¿Tengo que pagar la cuota mientras cobro el paro de autónomo?

No. Mientras cobras la prestación por cese de actividad, la mutua paga la cotización por ti.

¿Puedo cobrar el paro de autónomos sin cerrar el negocio?

Sí, con el cese parcial: si tus ingresos caen un 75 % en dos trimestres seguidos y tus rendimientos no llegan al salario mínimo, cobras el 50 % de tu base reguladora y sigues trabajando.

Fuente: artículos 327 a 350 del Real Decreto Legislativo 8/2015, Ley General de la Seguridad Social (requisitos, situación legal de cese, duración y cuantía); IPREM 2026 de 600 € al mes por prórroga de los Presupuestos. Este artículo es informativo y no sustituye el asesoramiento de un profesional.

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