Por Max Rodríguez. Actualizado el 13 de octubre de 2026.
Respuesta rápida: capitalizar el paro (el pago único) es pedir al SEPE que te pague de una vez todo el paro que te queda para empezar como autónomo. Puedes usarlo para invertir en tu negocio, para pagar tus cuotas de autónomo o para las dos cosas. Necesitas cobrar la prestación contributiva, tener al menos 3 meses pendientes, no haberlo capitalizado en los 4 años anteriores y, sobre todo, pedirlo antes de darte de alta. Es gratis, y el dinero está exento de IRPF si mantienes la actividad 5 años.
Requisitos
| Requisito | Detalle |
|---|---|
| Prestación contributiva | El subsidio no se puede capitalizar |
| Al menos 3 meses pendientes | Si te quedan menos, no puedes pedirlo |
| No haber capitalizado en 4 años | Contados hasta la fecha de la nueva solicitud |
| Pedirlo antes del alta | Si ya te diste de alta como autónomo, lo pierdes |
| Sin juicio por despido pendiente | Si demandaste a tu empresa, tienes que esperar a que termine o desistir |
| Un proyecto real | Con una memoria de la actividad y de las inversiones |
Para qué puedes usar el dinero
| Modalidad | Cómo funciona |
|---|---|
| Solo inversión | Cobras de una vez el importe que justifiques para empezar: equipos, local, vehículo, mercancía, mobiliario, programas |
| Solo cuotas | El SEPE te va abonando lo que pagas de cuota de autónomo cada mes, hasta agotar tu paro |
| Inversión y cuotas | Una parte para invertir y el resto para las cuotas |
También se suelen admitir los gastos de puesta en marcha: licencias, tasas, asesoramiento o la constitución de una sociedad si te incorporas como socio trabajador.
Lo que no cubre: gastos personales, el día a día del negocio una vez en marcha, ni compras que no estén en tu memoria.
El IVA no se incluye
Los importes de la inversión se presentan sin IVA. El IVA de tus compras lo recuperas en el modelo 303, así que el SEPE no te lo adelanta.
Cómo pedirlo paso a paso
- Prepara la memoria del proyecto. Qué vas a hacer, dónde, a quién vas a vender y qué inversiones necesitas, con su importe sin IVA. Añade presupuestos o facturas proforma de lo que vas a comprar.
- Presenta la solicitud al SEPE, por su sede electrónica o con cita previa en tu oficina, con la memoria y los presupuestos.
- Espera la resolución. Lo prudente es no darte de alta hasta tenerla, para no empezar contando con un dinero que luego te denieguen.
- Date de alta en Hacienda y en la Seguridad Social. Tienes un mes desde que te conceden el pago único para iniciar la actividad.
- Presenta el justificante del alta al SEPE y, después, las facturas que demuestran que invertiste el dinero.
Cuánto vas a cobrar
El importe es el paro que te queda por cobrar, calculado con la cuantía que te corresponde en cada mes. Si te quedan 12 meses de paro, puedes capitalizar esos 12 meses.
Si eliges la modalidad de inversión, solo cobras de una vez lo que justifiques en la memoria. Si el resto lo dedicas a cuotas, el SEPE te lo irá abonando mes a mes mientras pagas la cuota.
Ejemplo con números
Javier cobra unos 1.100 € al mes de paro y le quedan 18 meses: unos 19.800 € en total. Quiere abrir un taller de reparación de bicicletas.
| Concepto | Importe |
|---|---|
| Herramientas y banco de trabajo | 4.500 € |
| Primer stock de recambios | 3.000 € |
| Reforma y rótulo del local | 3.500 € |
| Fianza del alquiler | 1.600 € |
| Inversión justificada | 12.600 €, que cobra de una vez |
| Resto para cuotas | 7.200 €, que el SEPE le abona mes a mes |
Con la tarifa plana, sus cuotas son de 88,64 € al mes el primer año, así que esos 7.200 € le cubren las cuotas durante bastante tiempo.
Las cifras son orientativas: el importe exacto lo calcula el SEPE con tu cuantía real.
Impuestos y obligaciones después
- IRPF: el pago único está exento si mantienes la actividad durante al menos 5 años. Si cierras antes, tendrás que declararlo.
- Justificación: guarda todas las facturas de la inversión. Si no justificas el dinero o lo usas para otra cosa, el SEPE te lo puede reclamar.
- Si cierras: ya no hay paro pendiente que recuperar, porque lo cobraste por adelantado. Solo tendrías derecho al cese de actividad de autónomos si cumples sus requisitos.
¿Capitalizar o compatibilizar?
| Capitalizar | Compatibilizar | |
|---|---|---|
| Cobras | Todo de golpe (o como cuotas) | Tu paro mensual, hasta 9 meses |
| Te conviene si | Necesitas invertir al principio | Empiezas con pocos gastos |
| Si sale mal | No te queda paro | Conservas lo que no hayas cobrado |
| Cuándo se pide | Antes del alta | En los 15 días siguientes al alta |
Errores más comunes
- Darse de alta antes de pedirlo.
- Comprar cosas antes de la solicitud sin confirmar con el SEPE si te las aceptarán.
- Incluir el IVA en el plan de inversión.
- No guardar las facturas de lo que compras.
- Usar el dinero para gastos personales.
- Cerrar antes de 5 años sin prever el IRPF.
Preguntas frecuentes
¿Cuánto tiempo de paro necesito para capitalizarlo?
Al menos 3 meses pendientes de cobro de la prestación contributiva.
¿Puedo capitalizar el paro si ya me he dado de alta?
No. La solicitud tiene que ser anterior al alta como autónomo.
¿Puedo usar el pago único para pagar las cuotas de autónomo?
Sí. Puedes destinarlo todo o una parte a las cuotas, y el SEPE te las va abonando cada mes.
¿Tengo que pagar impuestos por capitalizar el paro?
No, si mantienes la actividad al menos 5 años. Si cierras antes, tienes que tributar por él.
¿Qué pasa si no invierto todo el dinero?
El SEPE puede reclamarte la parte que no justifiques. Guarda todas las facturas.
Fuente: artículo 34 de la Ley 20/2007, del Estatuto del Trabajo Autónomo (capitalización de la prestación por desempleo); Real Decreto 1044/1985, por el que se regula el abono de la prestación por desempleo en su modalidad de pago único; artículo 7.n) de la Ley 35/2006, del IRPF (exención). Este artículo es informativo y no sustituye el asesoramiento de un profesional.