Por Max Rodríguez. Actualizado el 12 de octubre de 2026.
Respuesta rápida: el modelo 390 es la declaración resumen anual del IVA: recoge en un solo formulario lo que declaraste en tus cuatro modelos 303 del año. Es informativo: no se paga nada con él. Se presenta del 1 al 30 de enero, junto con el 303 del cuarto trimestre. El del año 2026 se presenta, por tanto, en enero de 2027. Se libran de presentarlo quienes solo están en módulos o solo alquilan locales, y quienes llevan el SII.
Qué es el modelo 390
Es un resumen de todo el IVA del año: el que has cobrado en tus facturas, el que has pagado en tus gastos y el resultado de cada trimestre. Hacienda lo usa para cruzar tus datos con los de tus clientes y proveedores, y con tu declaración de la renta.
Como es un resumen, las cifras del 390 tienen que cuadrar con la suma de tus cuatro 303. Si no cuadran, lo normal es que te llegue una carta de Hacienda.
Quién tiene que presentarlo
Todos los autónomos y empresas que presentan el modelo 303, aunque algún trimestre lo hayan presentado sin actividad.
Quién se libra
No tienes que presentarlo si estás en alguno de estos casos:
| Situación | ¿Presentas el 390? |
|---|---|
| Solo tributas en territorio común y solo estás en módulos (régimen simplificado del IVA) | No |
| Solo tributas en territorio común y solo alquilas inmuebles urbanos, como un local | No |
| Combinas solo las dos anteriores | No |
| Llevas los libros de IVA por el Suministro Inmediato de Información (SII) | No |
| Cualquier otro autónomo con IVA: profesionales, comercio, servicios, estimación directa | Sí |
Si te libras, a cambio tienes que rellenar el apartado de información adicional que aparece en el 303 del cuarto trimestre, con el resumen de tu volumen de operaciones del año.
Plazo para presentarlo
| Ejercicio | Plazo |
|---|---|
| 2025 | Del 1 al 30 de enero de 2026 (ya cerrado) |
| 2026 | Del 1 al 30 de enero de 2027 |
Si el día 30 cae en fin de semana o festivo, el plazo pasa al siguiente día hábil. Como no hay nada que pagar, no hay plazo especial de domiciliación.
Cómo rellenarlo paso a paso
Se presenta en la sede electrónica de la Agencia Tributaria, con certificado digital, Cl@ve o DNI electrónico. Antes de empezar, ten delante los cuatro 303 del año.
1. Identificación y actividad
Tus datos personales, si estás en el régimen general o en algún régimen especial, y tu actividad: la clave, el epígrafe del IAE y el código CNAE. Están en tu alta en Hacienda (modelo 036).
2. IVA devengado
Suma lo que pusiste en los cuatro 303: bases y cuotas al 4 %, 10 % y 21 %, adquisiciones intracomunitarias, inversión del sujeto pasivo y modificaciones. Aquí el 390 pide más detalle que el 303.
3. IVA deducible
Suma también el IVA soportado de los cuatro trimestres, separando las operaciones corrientes de los bienes de inversión, igual que en el 303.
4. Resultado de las liquidaciones
Pon el resultado de cada uno de los cuatro 303: lo que ingresaste, lo que quedó a compensar y, si la pediste, la devolución del 4T.
5. Volumen de operaciones
El total de lo que has facturado en el año, separando operaciones en España, entregas intracomunitarias, exportaciones y operaciones exentas. Este dato debe coincidir con el que declares como ingresos en tu renta.
6. Prorrata
Solo si haces a la vez operaciones con IVA y operaciones exentas, por ejemplo un médico que también hace informes periciales con IVA. Si todo lo que facturas lleva IVA, no te afecta.
Al terminar, pulsa «Validar»: el formulario te avisa de los errores más comunes. Después, «Presentar» y guarda el justificante.
Ejemplo: sumar los cuatro trimestres
Clara, diseñadora, factura todo al 21 %. Sus 303 de 2026 fueron:
| Trimestre | Base facturada | IVA cobrado | IVA de gastos | Resultado |
|---|---|---|---|---|
| 1T | 9.000 € | 1.890 € | 600 € | 1.290 € a ingresar |
| 2T | 11.000 € | 2.310 € | 350 € | 1.960 € a ingresar |
| 3T | 12.000 € | 2.520 € | 420 € | 2.100 € a ingresar |
| 4T | 10.000 € | 2.100 € | 300 € | 1.800 € a ingresar |
| Total en el 390 | 42.000 € | 8.820 € | 1.670 € | 7.150 € |
En su 390 pondrá una base anual al 21 % de 42.000 €, un IVA devengado de 8.820 €, un IVA deducible de 1.670 € y los cuatro resultados trimestrales, que suman 7.150 €. Como ya los pagó en cada 303, el 390 no le cuesta nada.
Errores que más se repiten
- Que no cuadre con los 303. Si corriges un 303 con una complementaria, usa el dato corregido en el 390.
- Olvidar las adquisiciones intracomunitarias, como la publicidad de Meta o Google, que también van en el 390.
- No declarar el volumen de operaciones exentas o con clientes de la UE.
- Presentarlo fuera de plazo. Aunque no haya nada que pagar, presentarlo tarde por tu cuenta suele suponer una multa de 100 €, y de 200 € si Hacienda te lo reclama antes.
- Presentarlo estando exonerado. No pasa nada grave, pero no hace falta.
Preguntas frecuentes
¿Qué es el modelo 390?
Es la declaración resumen anual del IVA. Recoge los datos de los cuatro 303 del año y es informativa: no se paga nada con ella.
¿Cuándo se presenta el modelo 390?
Del 1 al 30 de enero del año siguiente. El de 2026 se presenta entre el 1 y el 30 de enero de 2027.
¿Quién no tiene que presentar el modelo 390?
Quienes tributan solo en territorio común y están solo en módulos, solo alquilan inmuebles urbanos o combinan solo esas dos actividades, y quienes llevan el SII.
¿Tengo que presentar el 390 si todos mis 303 fueron sin actividad?
Sí, si no estás en ninguno de los casos de exoneración. Lo presentas con los importes a cero.
¿Qué pasa si no presento el modelo 390?
Hacienda puede multarte con 200 €, o con 100 € si lo presentas tarde por tu cuenta antes de cualquier requerimiento.
Fuente: artículo 71 del Real Decreto 1624/1992, Reglamento del IVA; Manual práctico de IVA 2026 de la Agencia Tributaria; artículo 198 de la Ley 58/2003, General Tributaria. Este artículo es informativo y no sustituye el asesoramiento de un profesional.