Por Max Rodríguez. Actualizado el 13 de octubre de 2026.
Respuesta rápida: el rendimiento neto es tu beneficio: tus ingresos de la actividad menos tus gastos deducibles, todo sin IVA. Es la cifra con la que se calcula tu IRPF, tu modelo 130 y tu cuota de autónomos. Pero Hacienda y la Seguridad Social no usan exactamente la misma: para la cuota, al rendimiento fiscal se le vuelve a sumar la cuota de autónomos y se le resta un 7 % de gastos genéricos.
La fórmula básica
Rendimiento neto = ingresos − gastos deducibles
| Ingresos (sin IVA) | Gastos deducibles (sin el IVA que recuperas) |
|---|---|
| Lo que facturas por tu actividad | Compras y mercancía |
| Subvenciones de la actividad | Alquiler del local |
| Lo que retiras para ti de tu negocio (autoconsumo), a precio de mercado | Suministros de la actividad |
| Gestoría, software, publicidad, seguros | |
| Tu cuota de autónomos | |
| Amortizaciones de ordenadores, maquinaria o vehículos | |
| Sueldos y Seguridad Social de tus trabajadores |
Los ingresos se cuentan cuando facturas, no cuando cobras (salvo que hayas optado por el criterio de cobros y pagos).
Para Hacienda: el rendimiento neto fiscal
Es el que pones en tu declaración de la renta. En estimación directa simplificada, la mayoría de autónomos, tiene un paso más:
| Paso | Cálculo |
|---|---|
| 1. Rendimiento neto previo | Ingresos − gastos deducibles (incluida la cuota de autónomos) |
| 2. Gastos de difícil justificación | 5 % del paso 1, con un máximo de 2.000 € al año |
| 3. Rendimiento neto | Paso 1 − paso 2 |
En estimación directa normal no existe el 5 %: el rendimiento neto es directamente ingresos menos gastos.
Sobre este rendimiento se pueden aplicar después algunas reducciones, por ejemplo si es muy bajo. El resultado es el rendimiento neto reducido, que es el que se suma a tu base del IRPF.
Dónde se usa
- En el modelo 130: pagas el 20 % del rendimiento neto acumulado del año.
- En la declaración de la renta: se suma a tus otras rentas y se le aplica la escala del IRPF.
Para la Seguridad Social: el rendimiento neto computable
Desde 2023, la cuota de autónomos depende de tus rendimientos. La Seguridad Social parte del rendimiento neto fiscal, pero lo ajusta:
| Paso | Cálculo |
|---|---|
| 1. Rendimiento neto fiscal | El de tu declaración de la renta |
| 2. Sumas tu cuota de autónomos | La que restaste como gasto vuelve a sumarse |
| 3. Restas un 7 % de gastos genéricos | Multiplica por 0,93 (por 0,97 si eres autónomo societario) |
| 4. Divides entre 12 | Si estuviste de alta todo el año. Si no, divide entre los días de alta y multiplica por 30 |
Con esa cifra mensual buscas tu tramo en la tabla de cuotas. Durante el año cotizas por una previsión, y cuando Hacienda pasa tus datos reales a la Seguridad Social, se regulariza: te devuelven o te reclaman la diferencia.
Ejemplo: una consultora que factura 40.000 €
Eva factura 40.000 € al año y tiene 8.000 € de gastos, sin contar la cuota de autónomos. Paga 427,21 € al mes de cuota, 5.126,52 € al año.
Su rendimiento neto fiscal
| Concepto | Importe |
|---|---|
| Ingresos | 40.000,00 € |
| Gastos de la actividad | − 8.000,00 € |
| Cuota de autónomos | − 5.126,52 € |
| Rendimiento neto previo | 26.873,48 € |
| Gastos de difícil justificación (5 %) | − 1.343,67 € |
| Rendimiento neto fiscal | 25.529,81 € |
Con este rendimiento, sus modelos 130 suman en el año 5.105,96 € (el 20 %).
Su rendimiento neto para la Seguridad Social
| Concepto | Importe |
|---|---|
| Rendimiento neto fiscal | 25.529,81 € |
| + Cuota de autónomos | + 5.126,52 € |
| Total | 30.656,33 € |
| − 7 % de gastos genéricos | 28.510,39 € |
| Rendimiento mensual | 2.375,87 € |
Está en el tramo de 2.330 € a 2.760 € al mes, que corresponde a la cuota de 427,21 € que ya paga. Su previsión era correcta y en la regularización no habrá diferencias.
Fiscal o para la Seguridad Social: diferencias
| Para Hacienda | Para la Seguridad Social | |
|---|---|---|
| Cuota de autónomos | Se resta como gasto | Se vuelve a sumar |
| Gastos de difícil justificación | 5 % en simplificada (máximo 2.000 €) | Ya incluidos en el rendimiento fiscal |
| Gastos genéricos | No | 7 % (3 % en societarios) |
| Periodo | Anual | Mensual (promedio por días de alta) |
| Para qué sirve | IRPF y modelo 130 | Tramo de cuota de autónomos |
Errores más comunes
- Incluir el IVA en los ingresos o en los gastos.
- Usar el rendimiento de la renta directamente para elegir tramo sin volver a sumar la cuota. Te saldrá un tramo más bajo y luego te reclamarán la diferencia.
- Confundir facturación con rendimiento. Facturar 3.000 € al mes no es ganar 3.000 € al mes.
- Olvidar las amortizaciones. Un ordenador o un vehículo de la actividad se reparten como gasto en varios años.
- No actualizar la previsión cuando tus ingresos cambian mucho durante el año.
Preguntas frecuentes
¿Qué es el rendimiento neto de un autónomo?
Es su beneficio: los ingresos de la actividad menos los gastos deducibles, sin IVA. Se usa para calcular el IRPF, el modelo 130 y la cuota de autónomos.
¿Cómo se calcula el rendimiento neto para la cuota de autónomos?
Al rendimiento neto fiscal se le suma la cuota de autónomos pagada, se le resta un 7 % de gastos genéricos y se divide entre 12 meses.
¿La cuota de autónomos se resta del rendimiento neto?
Para Hacienda, sí: es un gasto deducible. Para calcular el tramo de la Seguridad Social, se vuelve a sumar.
¿Qué son los gastos de difícil justificación?
Un 5 % del rendimiento neto previo que pueden restar los autónomos en estimación directa simplificada, sin justificarlo con facturas, con un máximo de 2.000 € al año.
¿El rendimiento neto es lo mismo que lo que facturo?
No. Lo que facturas son tus ingresos. El rendimiento neto es lo que queda después de restar tus gastos deducibles.
Fuente: artículos 28 a 30 de la Ley 35/2006, del IRPF; artículo 30 del Real Decreto 439/2007, Reglamento del IRPF; artículo 308 del Real Decreto Legislativo 8/2015, Ley General de la Seguridad Social. Este artículo es informativo y no sustituye el asesoramiento de un profesional.