Por Max Rodríguez. Actualizado el 13 de octubre de 2026.
Respuesta rápida: «ser autónomo» son dos cosas distintas: darte de alta en Hacienda y darte de alta en la Seguridad Social (pagar la cuota). Para facturar siempre tienes que estar dado de alta en Hacienda con el modelo 036. Lo que puede no ser obligatorio es la Seguridad Social: solo hay que cotizar si tu actividad es habitual. Si haces un trabajo puntual, puedes facturar sin pagar cuota. La idea de que basta con ganar menos del salario mínimo no está en ninguna ley, y si trabajas de forma continuada te pueden reclamar las cuotas con recargo.
Hacienda y Seguridad Social: dos altas distintas
| Alta en Hacienda | Alta en la Seguridad Social (RETA) | |
|---|---|---|
| Cómo | Modelo 036 | Import@ss |
| Cuándo es obligatoria | Siempre que realizas una actividad económica y facturas, aunque sea una vez | Cuando trabajas por cuenta propia de forma habitual, personal y directa |
| Qué implica | IVA (303), IRPF (130 o retenciones) y declarar los ingresos en la renta | Pagar la cuota de autónomos cada mes |
| Cuánto cuesta | Nada | Desde 80 € al mes con tarifa plana |
Desde febrero de 2025, el antiguo modelo 037 ya no existe: el alta en Hacienda se hace siempre con el 036.
Cuando la gente dice «facturar sin ser autónomo» casi siempre quiere decir facturar sin pagar la cuota. Eso es posible en algunos casos. Facturar sin alta en Hacienda, no.
Cuándo no hace falta cotizar como autónomo
La ley exige el alta en la Seguridad Social a quien trabaja por cuenta propia de forma habitual. No define qué es «habitual», así que depende de cada caso:
| Situación | ¿Es habitual? |
|---|---|
| Un encargo puntual al año: una web para un conocido, una traducción | Normalmente no |
| Trabajos esporádicos sin continuidad ni clientes fijos | Probablemente no |
| Un cliente fijo cada mes, aunque sea poco dinero | Sí |
| Trabajar todos los fines de semana | Sí |
| Tener web, tarjetas o anunciarte ofreciendo tus servicios | Indica que sí |
Si no es habitual, puedes darte de alta solo en Hacienda, emitir la factura con IVA y retención si corresponde, presentar los modelos del trimestre y darte de baja en Hacienda cuando termines.
El mito del salario mínimo
Mucha gente cree que si ganas menos del salario mínimo (17.094 € al año en 2026) no tienes que darte de alta. Esto viene de sentencias del Tribunal Supremo de 1997 y 2007 que usaron los ingresos como indicio para decidir si una actividad era habitual.
Pero:
- Ninguna ley te exime del alta por ganar menos del salario mínimo.
- Es un indicio, no una regla: si trabajas de forma continuada, la Seguridad Social puede considerar que tu actividad es habitual aunque ganes poco.
- Desde 2023 las cuotas dependen de los ingresos, y existen tramos pensados para quien gana menos del salario mínimo. Ese argumento pierde fuerza.
Si ganas poco pero trabajas todos los meses, lo seguro es darte de alta y aprovechar la tarifa plana y la tabla reducida.
Otros casos en los que no necesitas ser autónomo
| Situación | Qué haces |
|---|---|
| Das un curso, una conferencia o un seminario de forma puntual | No facturas como autónomo: quien te paga te aplica una retención del 15 % y lo declaras como rendimiento del trabajo |
| Escribes un artículo o una obra y cedes los derechos de forma puntual | Igual que el anterior, con retención del 15 % |
| Vendes cosas tuyas de segunda mano | No es una actividad. Si ganas dinero con la venta, lo declaras en la renta como ganancia patrimonial |
| Alquilas una vivienda | Es un rendimiento del capital inmobiliario. No necesitas alta como autónomo |
| Trabajas por cuenta ajena y te pagan con nómina | No eres autónomo, aunque cobres por horas |
Cooperativas de facturación: el riesgo
Algunas cooperativas ofrecen facturar en tu nombre a cambio de una comisión, de modo que cotizas solo por los días que trabajas. Es una opción muy arriesgada:
- La Inspección de Trabajo las considera una forma de encubrir falsos autónomos.
- Varias cooperativas conocidas han sido disueltas y sus socios investigados.
- Si la Inspección te detecta, te pueden reclamar las cuotas de autónomo de todo el periodo con recargo, además de una posible multa.
Si tu actividad es habitual, la tarifa plana te sale casi siempre más barata y segura.
Qué pasa si facturas sin estar dado de alta
| Si no estás de alta en… | Riesgo |
|---|---|
| Hacienda | Multa por no presentar el 036 y pago del IVA y el IRPF de esas facturas, con recargos o intereses |
| La Seguridad Social (y tu actividad es habitual) | Alta de oficio con efectos desde que empezaste, cuotas atrasadas con recargo e intereses, y una posible multa. Además, pierdes la tarifa plana |
La Seguridad Social recibe cada año de Hacienda los ingresos de las actividades declaradas en la renta. Si declaras ingresos de una actividad económica sin estar de alta, es fácil que lo detecte.
Cómo hacer una factura puntual paso a paso
- Alta en Hacienda con el modelo 036, indicando la actividad (epígrafe del IAE) y la fecha de inicio.
- Haz la factura con todos los datos obligatorios, el IVA que corresponda y, si eres profesional y facturas a una empresa, la retención del 15 % (o del 7 % si empiezas).
- Presenta el modelo 303 del trimestre con el IVA cobrado. Si no te han retenido, también el modelo 130.
- Baja en Hacienda con el 036 cuando termines la actividad.
- Declara los ingresos en tu renta del año siguiente.
Errores más comunes
- Facturar sin alta en Hacienda porque «es solo una vez».
- Creer que ganar menos del salario mínimo te exime del alta en la Seguridad Social.
- Encadenar trabajos «puntuales» todos los meses.
- Cobrar el IVA y no ingresarlo con el 303.
- Usar una cooperativa de facturación sin conocer el riesgo.
Preguntas frecuentes
¿Se puede facturar sin ser autónomo?
Se puede facturar sin pagar la cuota de autónomos si la actividad es puntual y no habitual. Pero siempre tienes que darte de alta en Hacienda con el modelo 036.
¿Si gano menos del salario mínimo puedo facturar sin darme de alta?
No hay ninguna norma que lo permita. El salario mínimo es solo un indicio que han usado algunos tribunales para valorar si la actividad es habitual. Si trabajas de forma continuada, tienes que darte de alta.
¿Qué es una actividad habitual?
La ley no la define. Se considera habitual si trabajas de forma continuada o repetida, tienes clientes fijos o te anuncias ofreciendo tus servicios.
¿Puedo dar un curso sin ser autónomo?
Sí, si es algo puntual. Quien te paga te aplica una retención del 15 % y lo declaras como rendimiento del trabajo en la renta.
¿Son legales las cooperativas de facturación?
Están en el punto de mira de la Inspección de Trabajo, que las considera una forma de encubrir falsos autónomos. Si tu actividad es habitual, te pueden reclamar las cuotas con recargo.
Fuente: artículo 1 de la Ley 20/2007, del Estatuto del Trabajo Autónomo; artículo 305 del Real Decreto Legislativo 8/2015, Ley General de la Seguridad Social; Orden HAC/1526/2024 (declaración censal, modelo 036); artículo 17.2 de la Ley 35/2006, del IRPF, y artículo 101 de la misma ley (retenciones); Real Decreto 126/2026 (salario mínimo interprofesional). Este artículo es informativo y no sustituye el asesoramiento de un profesional.